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Decreto del Obispo de Zacatecas,
con motivo del Año Jubilar



Prov. Stos. Fco.y Stgo. - Noticias
12 Enero 2006 - 18:34 (Enviado por: Fray Jorge Rodríguez Vázquez)


Mons. Fernando Mario Chávez, decretó año jubilar, del 12 de enero de 2006 al 12 de enero de 2007, en el convento de Nuestra Señora de Guadalupe. En Guadalupe, Zacatecas.

Después de haber dialogado con el R. P. Fr. Ramón Vivar Camarillo, OFM., Guardián del Convento Franciscano, en Guadalupe, Zacatecas, con ocasión del Tercer Centenario de la Fundación de este Convento y en conformidad con las disposiciones de la Santa Sede para la celebración de los Años Jubilares, Yo, Fernando Mario Chávez Ruvalcaba, XIII Obispo de la Diócesis de Zacatecas, en el nombre del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo, con profunda alegría,

DECRETO

Que a partir de la fecha y hasta el 12 de enero de 2007, Tercer Centenario del Convento Franciscano, todos los peregrinos que accedan a este Convento, podrán obtener la indulgencia Plenaria, cumpliendo con todos los requisitos necesarios indicados por la Penitenciaria Apostólica, a saber:

a) Para toda Indulgencia Plenaria se necesitan tres cosas:
1. Confesión sacramental con absolución individual.
2. Comunión Eucarística
3. Rezar un Padrenuestro, un Credo y un Avemaría por las intenciones del Papa, como testimonio de comunión con la Iglesia.

b) Para ganar la indulgencia Jubilar, además de lo anterior, se necesita hacer una de las cosas que se enumeran a continuación:
1. Ir en peregrinación al Convento Franciscano, y allí participar en la Santa Misa, o en otra celebración litúrgica (p. ej. Laudes o Vísperas), o en un ejercicio piadoso (p. ej. Visita al Santísimo, Vía crucis, Rosario...)
2. Visitar al Santísimo Sacramento, ya sea individualmente o en grupo, expuesto en el Convento, y permanecer allí un cierto tiempo en meditación espiritual. Al terminar, rezar el Padrenuestro, el Credo y el Avemaría.
3. Visitar por un tiempo conveniente a los hermanos necesitados o con dificultades (enfermos, encarcelados, ancianos solos, minusvalidos, etc). Como haciendo una peregrinación hacia Cristo presente en ellos.
4. Hacer algo que favorezca de modo concreto y generoso el espíritu penitencial, que es como el alma del Jubileo, por ejemplo, absteniéndose al menos durante un día de cosas superfluas (tabaco, bebidas alcohólicas, golosinas); ayunando o practicando la abstinencia según las normas de la Iglesia y dando una suma proporcionada a los pobres; sosteniendo con significativa aportación obras de carácter religioso o social, (especialmente a favor de la infancia abandonada, de la juventud con dificultades, de los ancianos necesitados, de los inmigrantes, etc.); dedicando una parte conveniente del propio tiempo libre a actividades de interés para la comunidad u otras formas de sacrificio personal.

Notas para obtener la Indulgencia Jubilar. La Confesión puede hacerse el mismo día que se quiere ganar la indulgencia o haberla hecho recientemente. Se puede ganar la Indulgencia Plenaria cada día, pero no más de una al día.

La indulgencia se puede también aplicar como sufragio por las almas del purgatorio, en cuyo caso no se ganaría para sí mismo. No es necesario repetir la confesión cada vez. Se recomienda hacerla con frecuencia.

Deseo para todos los fieles cristianos la experiencia de la conversión y de la gracia, pues la voluntad salvífica de Dios: “Que todos los hombres se salven y lleguen al conocimiento pleno de la Verdad” (1 Tim 2, 4), se cumpla en este Año Jubilar.

Que Dios Nuestro Señor, por intercesión de San Francisco de Asís, nos conceda la gracia de la renovación espiritual en este Jubileo, y que unidos en el amor fraterno, instauremos el Reino de Dios.
Con mi bendición Episcopal. Ciudad de Nuestra Señora de los Zacatecas, a los doce días del mes de enero de dos mil seis.

Fernando Chávez Ruvalcaba
Obispo de Zacatecas.

Doy Fe

Pbro. Cirilo Rico Sánchez
Secretario Canciller.


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